Bajo el marco del Proyecto
Ecoparque, sitio de Disposición Final de Residuos Sólidos Domiciliarios y
Asimilables a estos, se notifica a los Grandes
Generadores acerca de modalidad de disposición inicial, transporte y
recepción de sus residuos en las instalaciones del Ecoparque.
Se entiende por gran generador a toda aquella actividad
comercial que genere residuos asimilables a los Residuos Sólidos Domiciliarios
pero en un volumen mayor al de un domicilio familiar; para los cuales se
establece que cada uno debe responsabilizarse por su gestión desde el inicio hasta su disposición final. Dentro
de esta categoría se incluye a: restaurants,
hoteles, distribuidoras, supermercados, librerías grandes, actividades
turísticas como playas, complejos turísticos, boliches nocturnos, etc., y toda
aquella actividad comercial o industrial que produzca en volumen mayor de
residuos asimilables a los domiciliarios que los generados por una familia.
Por Ordenanza
11.844/13, en su artículo 8°, se establece que la disposición inicial de
residuos debe ser diferenciada por tipo y respetando el color de la bolsa
correspondiente:
·
Inorgánicos/ secos: bolsa negra
·
Orgánicos/ húmedos: bolsa verde
·
Patogénicos domiciliarios: bolsa roja
Considerando
las grandes cantidades de residuos generados por estos emprendimientos, se
destaca que el objetivo perseguido es el de recuperar la mayor cantidad de
residuos inorgánicos posible para su posterior reciclaje en la planta de
separación de residuos sólidos del Ecoparque.
Asimismo, se establece que cada
Gran Generador debe hacerse responsable del transporte hasta las instalaciones
del Ecoparque y del pago de la tasa correspondiente a la disposición y
tratamiento de los mismos, trámite que debe ser realizado en las ventanillas de
Tesorería municipal.
Es importante resaltar que
aquellas cargas que no cumplimenten con lo antes mencionado serán rechazadas
por los balanceros y vigiladores del Ecoparque. Lo mismo sucederá con aquellas
cargas que posean residuos peligrosos debido a que el Ecoparque es un complejo
ambiental para los residuos sólidos urbanos generados por los vecinos de la
ciudad y aquellos residuos que son asimilables a estos, descartando residuos
biopatogénicos, industriales y peligrosos, los que poseen una gestión y
tratamiento diferenciado.
Residuos domiciliarios
En
caso de domicilios familiares sólo se debe respetar el cronograma de
recolección diferenciada, el cual establece que los días martes y jueves deben
sacarse los inorgánicos. No es necesario que los vecinos
utilicen bolsas de color negro o verde, sino que pueden utilizar
bolsas de cualquier color. En el caso de residuos patogénicos domiciliarios la
bolsa debe estar marcada con color rojo (por ejemplo una cinta o lana de
color rojo).
Servicio de volquetes para retiro de Grandes Generadores
Para las empresas de volquetes que
prestan servicios en nuestra ciudad, se comunica que en los mismos solo pueden
disponerse residuos asimilables a los domiciliaros como medida de disposición
inicial. A dichos prestadores se los notificará al respecto, resaltando que no
se recibirán volquetes o contenedores con residuos mezclados o que no cumplan
con la Ordenanza
de separación N° 11.844/13. Lo mismo sucederá cuando en los volquetes se
encuentren residuos peligrosos o industriales, recayendo las infracciones
correspondientes tanto al generador como al transportista.
Por consultas comunicarse a la dirección
de Ambiente (Almirante
Brown 540, Nave 1 Galpones del Puerto, Tel. 428820, ambiente@gualeguaychu.gov.ar).
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