Entra en vigencia la Ordenanza que regula la Gestión de residuos biopatogénicos



La Municipalidad de Gualeguaychú informa que desde este martes 1° de enero de 2013 entrará en vigencia la Ordenanza que regula la Gestión de residuos biopatogénicos, según lo establecen las leyes nacionales y provinciales correspondientes, y cada generador será responsable de su manipulación, clasificación, transporte, tratamiento y disposición.


Cada generador será responsable de su manipulación, clasificación, transporte, tratamiento y disposición
Además el servicio brindado por el Municipio en la recolección cesará el mismo día y los inspectores municipales aplicarán las sanciones correspondientes a aquellos generadores que no cumplan con mencionada Ordenanza.

Como primer paso cada generador debe inscribirse a nivel Provincial en el Registro establecido por Decreto Nº 6009/00. Para ello deben presentar la documentación que se detalla a continuación, en la Secretaria de Ambiente Sustentable de la Provincia de la ciudad de Concepción del Uruguay -Supremo Entrerriano Nº 108- o en la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable local - Almirante Brown 540-:

a) Datos Identificatorios: nombre completo o razón social; nómina del directorio, socios, gerentes, administradores, representantes y/o gestores, según corresponda; domicilio legal;

º      Copias de inscripción en C.U.I.T / C.U.I.L: de las autoridades societarias, administradores, responsable legal y técnico y CUIT de la empresa.

º      Contrato social o Estatutos inscriptos en la sociedad

º      Actas societarias (vigentes) en las que se designan las autoridades societarias.

º      Copia de documentos de identidad: de las autoridades societarias, administradores, responsable legal y técnico (con copia del título habilitante legalizado y descripción de las incumbencias de la formación donde se manifieste la idoneidad).

b) Domicilio real y nomenclatura catastral de las plantas generadoras de residuos peligrosos;

Iinforme Ambiental

º      Tipo de actividad. Descripción. Alcance.

º      Marco Legal.

Gestión de residuos:

º      Tipos de Residuos. Características físicas, químicas y/o biológicas de cada uno de los residuos que se generen.

º      Cantidad anual estimada de cada uno de los residuos que se generen;

º      Manipulación del Residuo Peligroso desde su generación hasta el transporte, tratamiento

º      y/o disposición final. Técnica de segregación de los residuos. Almacenamiento del residuo dentro del establecimiento. Materiales empleados para el envasado de los residuos.

º      Método, lugar de tratamiento y/o disposición final, forma de transporte si correspondiere, para cada uno de los residuos que se generen.

º      Datos del transportista de residuos biopatogénicos, (CUIT, Razón Social, Domicilio) copia del Certificado Ambiental Anual. Manifiestos.

º      Datos del operador de residuos biopatogénicos (CUIT, Razón Social, Domicilio), copia de

º      Certificado Ambiental Anual. Certificado de destrucción de residuos, Manifiestos.

º      Listado del personal expuesto a efectos producidos por las actividades de generación reguladas por la presente ley, y procedimientos precautorios y de diagnóstico precoz.

Plan de Gestión Ambiental

º      Plan de disminución progresiva de la generación de residuos.

º      Plan de Contingencias.

º      Manual “Normas Básicas de Seguridad para el Manejo de Residuos Biopatogénicos”

Anexos

Libro de Registro de Operaciones Permanentes, (200 fojas) para foliatura. El mismo deberá ser presentado en ocasiones de renovación del Certificado Ambiental Anual, y podrá ser solicitado por la Autoridad de Aplicación cuando esta lo considere pertinente. Los datos en él consignados deben ser concordantes con los Manifiestos y
la DDJJ.

La documentación debe estar acompañada de tres notas dirigidas al Ing. Fernando Raffo, Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, y para el caso de aquellos generadores que presenten la documentación en la Dirección Ambiental local, la misma será remitida a
la Secretaría Provincial.

Es importante destacar que cada generador deberá contactarse con la empresa operadora que les realizará la recolección, tratamiento y disposición de sus residuos biopatogénicos; hasta el momento las dos alternativas existentes en la provincia son las empresas Horizonte Gases S.A., de la ciudad de Concordia y SOMA, de la ciudad de Santa Fe.

Ante cualquier consulta puede comunicarse a la oficina de la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable local al tel 428820 entre las 7.00 y 13.00 ó personalmente en los Galpones del Puerto en Almirante Brown 540.


http://www.gualeguaychuenfoco.com.ar/web/?sector=nota&idnot=29385


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