Desde
la Dirección de Higiene Urbana y la Dirección de Ambiente y
Desarrollo Sustentable se ha comenzado a notificar a grandes
generadores de residuos de nuestra ciudad acerca de la modalidad de
recolección y disposición de los mismos de acuerdo a su categoría.
Se
entiende por gran generador
a toda aquella actividad comercial que genere residuos asimilables a
los Residuos Sólidos Domiciliarios pero en un volumen mayor al de un
domicilio familiar; para los cuales se establece que cada uno debe
responsabilizarse por su gestión desde el inicio hasta su
disposición final. Para ello se considera necesario que:
-El
traslado y recolección de los residuos sólidos urbanos estará a
cargo de cada generador (según
ordenanza de separación de residuos Nº 11844/13); sin
embargo podrá ser prestado de forma excepcional por la Dirección de
Higiene Urbana, en tal caso se deberá abonar un importe
de tasa de 20 UTM establecido por ordenanza Nº 11845/13.
-A
ello se le suma la “tasa por disposición final de residuos
sólidos” (según ordenanza Nº
11517/10) que corresponde a “…la
contraprestación pecunaria que deberán tributar los sujetos pasivos
por la prestación del servicio de Manejo, Tratamiento y Disposición
Final de residuos…” y comprende las siguientes categorías;
- Volquetes: 10 UTM
- 2 Ejes menor a 2,10 mts: 5 UTM
- 2 Ejes mayor a 2,10 mts: 15 UTM
- 3 y 4 Ejes menor a 2,10 mts: 30 UTM
- 3 y 4 Ejes mayor a 2,10 mts: 50 UTM
- 5 y 6 Ejes: 100 UTM
- Mas de 6 Ejes: 200 UTM
Por
cualquier duda pueden comunicarse a la Dirección de Higiene Urbana
(Tel. 423475 ò 423176) o a la Dirección Ambiental (Almirante
Brown 540, Nave 1 Galpones del Puerto
Gualeguaychú, Tel. 428820, ambiente@gualeguaychu.gov.ar).
Gualeguaychú, Tel. 428820, ambiente@gualeguaychu.gov.ar).
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