La
Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable Municipal informa que a partir
del día 4 de abril del corriente se podrán iniciar las tareas referentes a la
declorinacion de los transformares conteniendo PCB´s de nuestra
ciudad.
Mediante la
Resolución Provincial N° 082 del 04/04/2012, firmada por el Secretario de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, Ing. Fernando Raffo, se
notificará a la Cooperativa Eléctrica y Afines de Gualeguaychú que se han
cumplimentado todos los requisitos técnicos-administrativos para comenzar con
las labores de decontaminación.
Recordamos
que días pasados, personal de distintas áreas de la Municipalidad de
Gualeguaychú realizaron las inspecciones correspondientes en el lugar donde
se llevarán a cabo los trabajos de decontaminación con la
finalidad de darle factibilidad al Proyecto presentado por la Cooperativa
Eléctrica.
Del mismo
modo, el viernes próximo pasado, personal de la Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Provincia realizó la última inspección del lugar,
con una decisión positiva para la firma de la resolución provincial, último
paso necesario para que se autorice a la Cooperativa Eléctrica mediante el
Certificado de Aptitud Ambiental, emitido por la autoridad provincial competente
en la temática.
"Destacamos la participación positiva de
la comunidad para que se pueda llevar a cabo este proyecto donde
se destaca al Foro Ambiental como impulsor de la declorinacion de los
transformadores. Sin dudas el consentimiento social ante este tipo de
tratamientos de decontaminación es fundamental y loable de reconocer y sin el
cual no podría llevarse a cabo", expresó la Directora de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de Gualeguaychú, Lic. Noelia Indart.
Por otra
parte, se informa a la comunidad que el lugar de decontaminación será de acceso
restringido a toda persona no autorizada previamente por la Secretaría de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia. Personal de dicho área,
realizará inspecciones regulares en conjunto con personal técnico de la
Dirección de Ambiente local, a fin de fiscalizar el trabajo desarrollado por la
empresa KIOSHI S.A.
Se informa,
además, que aquellas personas o instituciones interesadas en observar las
instalaciones del edificio de declorinacion deberán dirigirse a la Dirección de
Ambiente y Desarrollo Sustentable Municipal a fin de manifestar y justificar su
interés. Desde el área se gestionará con la autoridad ambiental provincial
el recorrido en conjunto durante sus inspecciones de rutina.
Para
contactarse comunicarse con el número telefónico 42 8820 de lunes a viernes de 8
a 12 hs. O bien al correo electrónico ambiente@ gualeguaychu.gov.ar
(Lic. Andrea Takats)
Más
información
La
descontaminación de los 72 equipos transformadores con contenido de PCB´s de la
Cooperativa Eléctrica Gualeguaychú se efectuará en las instalaciones del ex
Frigorífico, sito en calle Presidente Perón al Sur. Este sitio fue adecuado,
contemplando las medidas de seguridad necesarias.
La actividad
estará a cargo de la empresa KIOSHI S.A, quien cuenta con habilitación
provincial, según Resolución Nº 312 del 26/10/2011. El tratamiento consiste en
el empleo del reactivo Declor K, que se constituye básicamente de metales
alcalinos (Sodio y Potasio), los cuales, mediante la reacción de Wurtz,
sustituyen los átomos de cloro presentes en la molécula alifática. El proceso es
totalmente cerrado, el aceite circula del trasformador hacia el equipo de
declorinación, donde esta presente el reactivo, entra en contacto con éste y
sale por otro lado del circuito ingresando nuevamente al
transformador.
Una vez
efectuado el proceso se realizará la determinación de las trazas de PCB´s en el
aceite y luego de un periodo de tres meses se volverá a efectuar el
procedimiento. Si las concentraciones están por debajo del límite acordado el
proceso culmina, sin embargo, en caso de que superen las mismas se someterán
nuevamente al tratamiento de declorinación.
Los residuos
resultantes del proceso de descontaminación son trapos y guantes utilizados
durante la operación (Y48 de Y08 según la clasificación de la Ley Nacional N°
24051), tierras filtrantes impregnadas en aceite mineral generadas producto de
la regeneración de los aceites (Y18) y aceites minerales declorinados (libre de
PCB´s). La disposición final de los mismos se realizará con un operador
habilitado a nivel provincial.
Todas las
actividades estarán fiscalizadas por la Secretaría de Ambiente Sustentable de la
Provincia mediante inspecciones rutinarias.
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